{"id":7183,"date":"2013-01-09T09:30:56","date_gmt":"2013-01-09T13:30:56","guid":{"rendered":"http:\/\/www.radiochiloe.cl\/?p=7183"},"modified":"2013-01-09T09:52:08","modified_gmt":"2013-01-09T13:52:08","slug":"en-la-region-de-los-lagos-se-entregara-bono-a-taxis-y-transporte-escolar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiochiloe.cl\/?p=7183","title":{"rendered":"En la Regi\u00f3n de Los Lagos se entregara bono a taxis y transporte escolar"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">M\u00e1s de 5 mil 500 propietarios de veh\u00edculos recibir\u00e1n el beneficio sustentado por la Reforma Tributaria en la Regi\u00f3n de Los Lagos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Intendente Jaime Brahm destac\u00f3 la medida, precisando que est\u00e1 destinada fundamentalmente a los microbuses y peque\u00f1os empresarios del transporte de pasajeros y sus familias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como un importante apoyo para mitigar el alza de los combustibles que se registr\u00f3 durante el a\u00f1o pasado, calific\u00f3 el intendente, Jaime Brahm, la aprobaci\u00f3n de un bono para taxis y transportes escolares -incorporado en la reforma tributaria- y que s\u00f3lo en la de la Regi\u00f3n de Los Lagos beneficiar\u00e1 a los propietarios de cerca de 5 mil 500 veh\u00edculos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cEn el caso de los propietarios de taxis colectivos tanto urbanos como rurales, y de los taxis b\u00e1sicos, de turismo y ejecutivos, recibir\u00e1n un reembolso de 4 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir un monto superior a los 160 mil pesos, y en el caso de los veh\u00edculos de transporte escolar el beneficio alcanzar\u00e1 las 2 UTM, es decir sobre 80 mil pesos, por cada veh\u00edculo y por una sola vez\u201d, explic\u00f3 el intendente Brahm.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La autoridad regional indic\u00f3 que la medida, impulsada por el Gobierno del Presidente Pi\u00f1era, beneficiar\u00e1 fundamentalmente a miles de micro y peque\u00f1os empresarios del transporte de pasajeros en la Regi\u00f3n, con un monto cercano a los 700 millones de pesos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por su parte, el representante regional Ministerial de Hacienda, Pablo Elvenberg, expuso en detalle el presente beneficio, explicando que \u201cpodr\u00e1n acceder al reembolso que establece la ley impulsada por el Gobierno del Presidente Pi\u00f1era, los propietarios de los autom\u00f3viles de alquiler o de los veh\u00edculos de transporte remunerado de escolares que figuren inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros o en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, respectivamente, al 30 de septiembre de 2012, y que, en ambos casos, permanezcan inscritos en los respectivos registros al momento de solicitar el reembolso y tengan el permiso de circulaci\u00f3n correspondiente al a\u00f1o 2012\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo, el titular de la cartera de Hacienda en la regi\u00f3n, manifest\u00f3 que podr\u00e1n tambi\u00e9n acceder al reembolso los propietarios o choferes, seg\u00fan corresponda, de autom\u00f3viles de alquiler a quienes se haya cancelado la inscripci\u00f3n de su veh\u00edculo y efectuado su reemplazo, siempre que a la fecha de solicitud del reembolso el veh\u00edculo que ingresa en reemplazo del autom\u00f3vil cancelado se encuentre con inscripci\u00f3n vigente en el Registro de la Seremi del MTT.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En relaci\u00f3n al procedimiento de pago, el personero de gobierno manifest\u00f3 que el pago se realizar\u00e1 a partir de la presentaci\u00f3n de la respectiva solicitud de reembolso ante la oficina de la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica que corresponda a su domicilio. La presentaci\u00f3n de la solicitud se regir\u00e1 por la siguiente tabla:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">D\u00edgito en que Termina la Placa Patente Fecha para solicitar el reembolso propietarios de un solo veh\u00edculo Fecha para solicitar el reembolso propietarios de dos o m\u00e1s veh\u00edculos,\u00a0N\u00famero Par o Cero A contar de la fecha de entrada en vigencia del reglamento. Transcurridos 24 d\u00edas de la fecha de entrada en vigencia del presente reglamento N\u00famero Impar Transcurridos 10 d\u00edas de la fecha de entrada en vigencia del reglamento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Nota: La fecha de entrada en vigencia ser\u00e1 al d\u00eda 10\u00b0 h\u00e1bil contado desde su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial, es decir, a contar de este viernes 11 del mes en curso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para proceder al pago del beneficio, Elvenberg argument\u00f3 que el mandatario debidamente habilitado para tal efecto, o el representante legal, deber\u00e1n presentar una solicitud de reembolso ante la oficina de la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica que corresponda a su domicilio. Para estos efectos, la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica confeccionar\u00e1 formularios de solicitud de reembolso que pondr\u00e1 a disposici\u00f3n de los interesados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Estos formularios podr\u00e1n ser confeccionados de manera que los propietarios, cesionarios, mandatarios o representantes legales puedan, en un mismo formulario, solicitar el reembolso respecto de uno o m\u00e1s veh\u00edculos simult\u00e1neamente pertenecientes a un mismo propietario.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En relaci\u00f3n a los requisitos para el pago, Elvenberg explic\u00f3 que junto a la solicitud de reembolso se\u00f1alada anteriormente, los beneficiarios deber\u00e1n exhibir los documentos que se se\u00f1alan en el art\u00edculo 6\u00ba del Reglamento (Decreto 1.343) y que tambi\u00e9n podr\u00e1n ser informados por la Seremi del MTT. Adicionalmente, Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica deber\u00e1 verificar, seg\u00fan los medios que tenga disponible, la circunstancia de que los veh\u00edculos se encuentren inscritos en los respectivos registros seg\u00fan el art\u00edculo tercero transitorio de la ley N\u00b0 20.630, enfatiz\u00f3 Elvenberg.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En lo relacionado a la recepci\u00f3n de antecedentes, recibida la solicitud de reembolso y los antecedentes respectivos, la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica tendr\u00e1 un plazo de hasta diez d\u00edas h\u00e1biles para verificar que se ha dado cumplimiento a todos los requisitos que establece la ley y el Reglamento asociado (Decreto 1.343), luego de lo cual deber\u00e1 proceder a efectuar el pago que corresponda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por \u00faltimo y en relaci\u00f3n a la forma de pago, el personero de gobierno explic\u00f3 que el pago se efectuar\u00e1 mediante cheque nominativo, vale vista bancario, dep\u00f3sito en la cuenta corriente, de ahorro, a plazo o a la vista que el o los solicitantes se\u00f1alen en el formulario que contiene la solicitud de reembolso. Este reembolso no ser\u00e1 compensable ni retenible.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por su parte, el Seremi de Transportes, Alex Bartsch, al ser consultado asegur\u00f3 que tambi\u00e9n podr\u00e1n solicitar el reembolso los arrendatarios con opci\u00f3n de compra de los mencionados veh\u00edculos que presenten un mandato, otorgado de acuerdo a las reglas generales, por medio del cual la entidad o persona propietaria del veh\u00edculo les haya facultado a percibir el reembolso establecido en la ley. Asimismo, podr\u00e1n solicitar este reembolso los cesionarios de los veh\u00edculos indicados, acreditando dicha condici\u00f3n en la forma establecida en el reglamento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de que alguno de los propietarios a los que nos hemos referido anteriormente haya cedido a t\u00edtulo oneroso a uno o m\u00e1s choferes el uso de los veh\u00edculos de su propiedad para su explotaci\u00f3n comercial, el pago al que nos hemos referido anteriormente deber\u00e1 efectuarse al o los cesionarios. Dicha circunstancia deber\u00e1 ser acreditada ante la Seremi del MTT de la Regi\u00f3n de Los Lagos; para estos efectos, tanto el propietario como el o los cesionarios, acreditando sus respectivas identidades, deber\u00e1n concurrir y presentar el contrato o convenci\u00f3n que demuestre la cesi\u00f3n a t\u00edtulo oneroso o una declaraci\u00f3n jurada suscrita por ambas partes que indique expresamente que se ha cedido el uso del veh\u00edculo a t\u00edtulo oneroso para su explotaci\u00f3n comercial, debiendo completar en ambos casos el formulario que para estos efectos estar\u00e1 disponible en esta Seremi. Finalmente, Bartsch concluy\u00f3, \u201cSi consideramos que en la regi\u00f3n se ten\u00eda al 30 de septiembre pasado: 3 mil 583 Taxis Colectivos Urbanos, 39 Taxis Colectivos Rurales, 725 taxis b\u00e1sicos, 40 Taxis de Turismo, 11 Taxis Ejecutivos y mil 080 Transportes Escolares, el total de beneficiarios bordear\u00e1 los 5 mil 500 en nuestra zona\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Departamento de Prensa<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>M\u00e1s de 5 mil 500 propietarios de veh\u00edculos recibir\u00e1n el beneficio sustentado por la Reforma Tributaria en la Regi\u00f3n de Los Lagos. Intendente Jaime Brahm destac\u00f3 la medida, precisando que est\u00e1 destinada fundamentalmente a los microbuses y peque\u00f1os empresarios del transporte de pasajeros y sus familias. 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