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Dictan condena por muerte de Carabinero

Departamento de Prensa 11 mayo, 2013 Noticias

En el caso de la muerte del suboficial mayor Guillermo Ortiz Cruz, ocurrido en Dalcahue en 2005, el Tribunal Oral en lo Penal de Castro acogió calificación jurídica de maltrato de obra a Carabineros de servicio con resultado de muerte, alegada por Fiscal Jefe de Castro, Enrique Canales.

Acogiendo la calificación jurídica planteada por la Fiscalía Local de Castro, el Tribunal Oral en lo Penal de esa comuna emitió este miércoles veredicto condenatorio en el juicio oral por la muerte del suboficial de Carabineros, Guillermo Ortiz Cruz, quien se desempeñaba como jefe de la Tenencia de Dalcahue. La audiencia de lectura de sentencia quedó fijada para el próximo lunes 13 de mayo, a las 15.00 hrs.

De acuerdo al veredicto, que contó con la unanimidad de los tres jueces que integraron la sala, el acusado E.P.G. fue condenado por el delito de maltrato de obra a carabinero de servicio con resultado de muerte. Los hechos que fueron materia de este juicio oral ocurrieron el 12 de mayo de 2005, cuando el suboficial participaba en un procedimiento por robo en un inmueble de Avenida Mocopulli de la comuna de Dalcahue

Según indica el veredicto, la víctima se encontraba en el segundo piso de la vivienda cuando el acusado le disparó en dos oportunidades, impactando uno de los proyectiles en la cabeza del carabinero. La resolución indica que las pruebas testimoniales, periciales y materiales presentadas en las tres jornadas del juicio oral “fueron elementos de convicción suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado”.

De acuerdo a lo señalado por el Fiscal Jefe de Castro, Enrique Canales Briones, se trata de un caso “de alta relevancia en la Región de Los Lagos, y sin duda también del país, considerando que la víctima era un funcionario activo de Carabineros, muy querido por la comunidad y con un gran espíritu de servicio y por las circunstancias en que se produjo su muerte, que marcaron fuertemente a toda una comunidad de Chiloé”.

Cabe recordar que la investigación de esta causa fue iniciada por la Justicia Militar y en Enero del 2010, como consecuencia de la Ley 20.447, norma que limitó la competencia respecto de civiles imputados por tipos penales del Código de Justicia Militar, fue traspasada a la Fiscalía Local de Castro. Según indicó el fiscal Canales a la prensa una vez finalizada la audiencia “sostuve en el juicio que la prueba de la Justicia Militar era más bien residual, porque la gran mayoría de la prueba fue producida bajo la norma del Código Procesal Penal”.

La Fiscalía está solicitando al Tribunal Oral castreño que se imponga la pena de presidio perpetuo simple.

Departamento de Prensa

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